Cuando por unos mismos hechos y fundamentos jurídicos, el infractor pudiese ser sancionado con arreglo a esta ley y a otra u otras leyes que fueran de aplicación, de las posibles sanciones se le impondrá la de mayor gravedad. En caso de que sea necesaria una modificación de la autorización ambiental integrada, como consecuencia de la modificación no sustancial de la instalación, la comunidad autónoma procederá a publicarla en su diario oficial. Acceder al Diario Oficial de la Unión Europea auténtico, al Derecho de la UE, a la jurisprudencia de la UE, a los textos consolidados, a los resúmenes de la legislación y mucho más. La autorización ambiental integrada tendrá el contenido mínimo siguiente: a) Los valores límite de emisión para las sustancias contaminantes enumeradas en el anejo 2 y para otras sustancias contaminantes, que puedan ser emitidas en cantidad significativa por la instalación de que se trate, habida cuenta de su naturaleza y potencial de traslado de contaminación de un medio a otro, y, en su caso, los parámetros o las medidas técnicas equivalentes que complementen o sustituyan a estos valores límite. 5. a) Mataderos con una capacidad de producción de canales superior a 50 toneladas/día. para un único carácter. Esta norma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». «Contaminación»: La introducción directa o indirecta, mediante la actividad humana, de sustancias, vibraciones, calor o ruido en la atmósfera, el agua o el suelo, que puedan tener efectos perjudiciales para la salud humana o la calidad del medio ambiente, o que puedan causar daños a los bienes materiales o deteriorar o perjudicar el disfrute u otras utilizaciones legítimas del medio ambiente. donde «A» es la porción de materia animal (en porcentaje del peso) de la capacidad de producción de productos acabados. Noticias. d) Hidrocarburos nitrogenados, en particular, aminas, amidas, compuestos nitrosos, nítricos o nitratos, nitrilos, cianatos e isocianatos. También puede introducir números incompletos sustituyendo los caracteres que falten por comodines: * para varios caracteres, ? Cuando el procedimiento de consulta transfronteriza fuera iniciado mediante comunicación del órgano competente de la comunidad autónoma dirigida al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, se acompañará de la documentación a la que se refiere el apartado 3. Ley de prevención de Riesgos Laborales 3. 2. 7. «Residuo»: Cualquier residuo, como queda definido en el artículo 3 a) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Los órganos competentes reevaluarán la aplicación del párrafo primero de este apartado como parte integrante de toda revisión de las condiciones de la autorización ambiental integrada con arreglo al artículo 26. b) 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg. b) Incumplir las condiciones establecidas en la autorización ambiental integrada, siempre que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas. c) Bases y, en particular, el hidróxido de amonio, el hidróxido potásico, el hidróxido sódico. En su caso, se incluirán los resultados del control de las emisiones y otros datos que permitan una comparación del funcionamiento de la instalación con las mejores técnicas disponibles descritas en las conclusiones relativas a las MTD aplicables y con los niveles de emisión asociados a ellas. 7.1 Instalaciones para el tratamiento previo (operaciones de lavado, blanqueo, mercerización) o para el tinte de fibras o productos textiles cuando la capacidad de tratamiento supere las 10 toneladas diarias. 3. En el supuesto previsto en el artículo 19.3, el organismo de cuenca correspondiente liquidará el canon de control de vertidos de acuerdo con las condiciones contenidas en la autorización ambiental integrada que, a estos efectos, deberá ser puesta a disposición de aquél por el órgano autonómico competente para otorgarla. Tras el cese definitivo de las actividades, el titular evaluará el estado del suelo y la contaminación de las aguas subterráneas por las sustancias peligrosas relevantes utilizadas, producidas o emitidas por la instalación de que se trate, y comunicará al órgano competente los resultados de dicha evaluación. Industria agroalimentarias y explotaciones ganaderas. WebCódigo de Animales de Compañía. Con posterioridad, las revisiones se realizarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 25.2 y 3 de esta ley y para aquellas instalaciones de combustión acogidas a los mencionados mecanismos de flexibilidad incorporando las prescripciones que en estos mecanismos se estipulen. Consumo y naturaleza de las materias primas (incluida el agua) utilizada en procedimientos de eficacia energética. 20. Asimismo, lo establecido en la disposición final primera y las referencias a la gestión de las cuencas intercomunitarias tienen su fundamento constitucional en el artículo 149.1.22.ª de la Constitución, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma. A tal efecto, la norma previó la autorización ambiental integrada como una nueva figura de intervención administrativa que substituyera y aglutinara el conjunto disperso de autorizaciones de carácter ambiental exigibles hasta el momento. «Residuo peligroso»: Cualquier residuo peligroso, como se define en el artículo 3 e) de la Ley 22/2011, de 28 de julio. La solicitud de autorización ambiental integrada se presentará ante el órgano designado por la comunidad autónoma en cuyo ámbito territorial se ubique la instalación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 11. Avances técnicos y evolución de los conocimientos científicos. 12. b) Las condiciones preventivas y de control necesarias en materia de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas de acuerdo con el Real … Óxidos de azufre y otros compuestos de azufre. La modificación de una instalación sometida a autorización ambiental integrada podrá ser sustancial o no sustancial. Este texto refundido tiene la consideración de legislación básica sobre protección del medio ambiente de acuerdo con lo establecido en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución. b) Los recursos naturales utilizados por la misma. El órgano competente exigirá al titular de la instalación la acreditación del cumplimiento de las mencionadas prescripciones, necesarias para actualizar su autorización. En todo caso, los órganos competentes a los que se refiere el artículo 4.2 velarán por que no se produzca ninguna contaminación significativa y por que se alcance un nivel elevado de protección del medio ambiente en su conjunto. Asimismo, deberán especificarse las mejores técnicas disponibles contenidas en las conclusiones relativas a las MTD que son utilizadas en la instalación para alcanzar los valores límite de emisión. f) Cuando la actividad implique el uso, producción o emisión de sustancias peligrosas relevantes, teniendo en cuenta la posibilidad de contaminación del suelo y la contaminación de las aguas subterráneas en el emplazamiento de la instalación, se requerirá un informe base antes de comenzar la explotación de la instalación o antes de la actualización de la autorización. d) La determinación de los datos que, a juicio del solicitante, gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes. El título tercero disciplina el régimen jurídico de la autorización ambiental integrada, refiriéndose a su finalidad, diseñando un procedimiento administrativo complejo que integra todas las autorizaciones ambientales existentes sobre la premisa de la simplificación administrativa, y regulando la concesión de esta autorización ambiental integrada y sus efectos, junto con la coordinación con otros mecanismos de intervención ambiental (evaluación de impacto ambiental y actividades clasificadas). 10.º Las demás medidas propuestas para cumplir los principios a los que se refiere el artículo 4. 4.º Revocación de la autorización o suspensión de la misma por un período máximo de un año. El contenido del presente texto refundido se distribuye en cuatro títulos: El título primero regula las disposiciones generales, como el ámbito de aplicación o una detallada relación de definiciones, que pretenden garantizar un mayor grado de precisión y de seguridad jurídica en la aplicación concreta de la norma. La disposición final segunda de la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, autoriza al Gobierno para elaborar, a partir de la entrada en vigor de dicha ley, un texto refundido en el que se integren, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, y las disposiciones en materia de emisiones industriales contenidas en normas con rango de ley. La indemnización por los daños y perjuicios causados a las Administraciones públicas se determinará y recaudará en vía administrativa. Los resultados de las consultas deberán ser tenidos debidamente en cuenta por el órgano competente de la comunidad autónoma a la hora de resolver la solicitud de autorización ambiental integrada, la cual será formalmente comunicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a las autoridades del Estado miembro que hubieran participado en las consultas transfronterizas, junto con la información mencionada en el artículo 24.3. Las comunidades autónomas harán públicas, en sus respectivos boletines oficiales, las resoluciones administrativas mediante las que se hubieran otorgado, modificado sustancialmente o revisado las autorizaciones ambientales integradas, identificando la instalación afectada en el anuncio por el que se hace pública la resolución. g) Impedir, retrasar u obstruir la actividad de inspección o control. 4. «Sustancia»: Los elementos químicos y sus compuestos, con la excepción de las siguientes sustancias: a) Las sustancias radiactivas reguladas en la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear. 3.1 Producción de cemento, cal y óxido de magnesio: a) i) fabricación de cemento por molienda con una capacidad de producción superior a 500 toneladas diarias; ii) fabricación de clínker en hornos rotatorios con una capacidad de producción superior a 500 toneladas diarias, o en hornos de otro tipo con una capacidad de producción superior a 50 toneladas por día; b) producción de cal en hornos con una capacidad de producción superior a 50 toneladas diarias; c) producción de óxido de magnesio en hornos con una capacidad de producción superior a 50 toneladas diarias. 23. g) Cumplir cualesquiera otras obligaciones establecidas en esta ley y demás disposiciones que sean de aplicación. Los resultados de estas actuaciones deberán ponerse a disposición del público en el plazo de cuatro meses a partir de la finalización de la visita in situ y de conformidad con la Ley 27/2006, de 18 de julio. A esta comunicación se acompañarán los documentos justificativos de las razones expuestas. 6.º Tipo y cantidad de las emisiones previsibles de la instalación al aire, a las aguas y al suelo, así como la determinación de sus efectos significativos sobre el medio ambiente, y, en su caso, tipo y cantidad de los residuos que se vayan a generar. En los supuestos en los que la actividad sometida a autorización ambiental integrada precise, de acuerdo con la legislación de aguas, autorización de vertido al dominio público hidráulico de cuencas gestionadas por la Administración General del Estado, el organismo de cuenca competente deberá emitir un informe que determine las características del vertido y las medidas correctoras a adoptar a fin de preservar el buen estado ecológico de las aguas. b) Los daños causados al medio ambiente o salud de las personas o el peligro creado para la seguridad de las mismas. 4. Si el informe vinculante regulado en este artículo considerase que es inadmisible el vertido y, consecuentemente, impidiese el otorgamiento de la autorización ambiental integrada, el órgano competente para otorgarla dictará resolución motivada denegatoria. La citada directiva fue posteriormente derogada por la Directiva 2008/1/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero, relativa a la prevención y control de la contaminación, y ésta, a su vez, por la vigente Directiva 2010/75/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales, dando lugar a modificaciones de la normativa interna de transposición por medio de la Ley 5/2013, de 11 de junio,que ahora se recogen en este texto refundido. 6. Tal autorización podrá ser válida para una o más instalaciones o partes de instalaciones que tengan la misma ubicación. 2. Texto original, publicado el 31/12/2016, en vigor a partir del 01/01/2017. En todo caso, el establecimiento de dichas obligaciones no eximirá de obtener la autorización ambiental integrada. 4.4 Instalaciones químicas para la fabricación de productos fitosanitarios o de biocidas. Los resultados de las consultas celebradas con arreglo al presente anejo deberán ser tenidos en cuenta debidamente por el órgano competente a la hora de resolver la solicitud. l) En caso de que la autorización sea válida para varias partes de una instalación explotada por diferentes titulares, las responsabilidades de cada uno de ellos. 1. Los interesados podrán oponerse a los informes vinculantes emitidos en el procedimiento regulado en esta ley bien mediante la impugnación de la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental integrada, bien mediante la impugnación de los citados informes vinculantes, cuando éstos impidiesen el otorgamiento de dicha autorización, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Al revisar las condiciones de la autorización, el órgano competente utilizará cualquier información obtenida a partir de los controles o inspecciones. WebOs Modelos Padronizados dos artefatos de licitações e contratos - minutas de Aviso de Contratação, Edital, Termo de Referência e Contratos - foram criados a partir da parceria entre a Secretaria de Gestão do Ministério da Economia (Seges/ME) e a Advocacia-Geral da União (AGU). b) Ácidos y, en particular, el ácido crómico, el ácido fluorhídrico, el ácido fosfórico, el ácido nítrico, el ácido clorhídrico, el ácido sulfúrico, el ácido sulfúrico fumante, los ácidos sulfurados. 12. UTILIZACIÓN DE BASE DE DATOS. Los titulares de las instalaciones notificarán, al menos una vez al año, a las comunidades autónomas en las que estén ubicadas, los datos sobre las emisiones correspondientes a la instalación, con especificación de la metodología empleada en las mediciones, su frecuencia y los procedimientos empleados para evaluar las mediciones, y en todo caso la información incluida en el artículo 22.1.i). 3.º Que según sus estatutos desarrolle su actividad en un ámbito territorial que resulte afectado por la instalación para la que se solicita la autorización ambiental integrada. 4.3 Instalaciones químicas para la fabricación de fertilizantes a base de fósforo, de nitrógeno o de potasio (fertilizantes simples o compuestos). El órgano competente de la comunidad autónoma para otorgar la autorización ambiental integrada determinará las modalidades de información al público y de consulta a las personas interesadas. Esta ley será aplicable a las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades industriales incluidas en las categorías enumeradas en el anejo 1 y que, en su caso, alcancen los umbrales de capacidad establecidos en el mismo, con excepción de las instalaciones o partes de las mismas utilizadas para la investigación, desarrollo y experimentación de nuevos productos y procesos. a) Instalaciones para el refino de petróleo o de crudo de petróleo. Los órganos competentes establecerán un sistema de inspección medioambiental de las instalaciones que incluirá el análisis de toda la gama de efectos ambientales relevantes de la instalación de que se trate. Descargar; Ver contenido; Contenido del código: Todas las normas están actualizadas. 13. «Inspección ambiental»: Toda acción llevada a cabo por la autoridad competente o en nombre de ésta para comprobar, fomentar y asegurar la adecuación de las instalaciones a las condiciones de las autorizaciones ambientales integradas y controlar, en caso necesario, su repercusión ambiental. «Aves de corral»: Las aves de corral tal como se definen en el artículo 2.4 del Real Decreto 1888/2000, de 22 de noviembre, por el que se establecen condiciones de sanidad animal aplicables a los intercambios comunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar procedentes de países terceros. Tras este procedimiento, se publicará la autorización ambiental integrada actualizada en el boletín oficial de la comunidad autónoma. f) Los valores límite de emisión fijados, en su caso, por la normativa en vigor en la fecha de la autorización. Ref. c) En el caso de infracción leve: Se sancionará con una multa de hasta 20.000 euros. «Público»: Cualquier persona física o jurídica, así como sus asociaciones, organizaciones y grupos constituidos con arreglo a la normativa que les sea de aplicación. 4. c) La seguridad de funcionamiento del proceso o actividad haga necesario emplear otras técnicas. Este informe deberá emitirse en el plazo máximo de cuatro meses desde la fecha de entrada en el registro del organismo de cuenca de la documentación preceptiva sobre vertidos, o en su caso, desde la subsanación que fuese necesaria. 1. «Conclusiones sobre las Mejores Técnicas Disponibles (MTD)»: Decisión de la Comisión Europea que contiene las partes de un documento de referencia Mejores Técnicas Disponibles (MTD) donde se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles, su descripción, la información para evaluar su aplicabilidad, los niveles de emisión asociados a las mejores técnicas disponibles, las mediciones asociadas, los niveles de consumo asociados y, si procede, las medidas de rehabilitación del emplazamiento de que se trate. 1.º Multa desde 20.001 hasta 200.000 euros. De conformidad con la citada habilitación se ha procedido a elaborar el texto refundido, integrando en un texto único las sucesivas modificaciones introducidas en la Ley 16/2002, de 1 de julio, a través de las siguientes leyes: Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE); la Ley 34/2007, de 15 de noviembre de calidad del aire y protección de la atmósfera; Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; Ley 40/2010, de 29 de diciembre de almacenamiento geológico de dióxido de carbono; Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa; y Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. La incorporación al Ordenamiento interno español de la mencionada Directiva 96/61/CE se llevó a cabo, con carácter básico, mediante la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, que ahora se refunde, cuya vocación era preventiva y de protección del medio ambiente en su conjunto, con la finalidad de evitar, o, al menos, reducir, la contaminación de la atmósfera, el agua y el suelo. Cuando en el trámite de audiencia al que se refiere el apartado anterior se hubiesen realizado alegaciones, se dará traslado de las mismas, junto con la propuesta de resolución, a los órganos competentes para emitir informes vinculantes en trámites anteriores para que, en el plazo máximo de quince días, manifiesten lo que estimen conveniente, que igualmente tendrá carácter vinculante en los aspectos referidos a materias de su competencia. La delegación del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación responsable de la negociación incluirá, al menos, un representante de la comunidad autónoma competente para resolver la solicitud de autorización. 3. «Valores límite de emisión»: La masa o la energía expresada en relación con determinados parámetros específicos, la concentración o el nivel de una emisión, cuyo valor no debe superarse dentro de uno o varios períodos determinados. 4. WebLa ética o filosofía moral es la rama de la filosofía que estudia la conducta humana, [1] [2] lo correcto y lo incorrecto, [3] [4] lo bueno y lo malo, [4] la moral, [5] el buen vivir, [6] la virtud, la felicidad y el deber.La ética contemporánea se suele dividir en tres ramas o niveles: la metaética estudia el origen, naturaleza y significado de los conceptos éticos, la ética … d) Sales como el cloruro de amonio, el clorato potásico, el carbonato potásico (potasa), el carbonato sódico (sosa), los perboratos, el nitrato argéntico. 3. Cuando corresponda al órgano ambiental de la Administración General del Estado la formulación de la declaración de impacto ambiental, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, no podrá otorgarse la autorización ambiental integrada ni, en su caso, las autorizaciones sustantivas de las industrias señaladas en el artículo 3.3, sin que previamente se haya dictado dicha declaración. Sustancias y mezclas respecto de los cuales se haya demostrado que poseen propiedades cancerígenas, mutágenas o puedan afectar a la reproducción a través del aire. d) El organismo de cuenca, conforme a lo establecido en la legislación de aguas, estime que existen circunstancias que justifiquen la revisión de la autorización ambiental integrada en lo relativo a vertidos al dominio público hidráulico de cuencas gestionadas por la Administración General del Estado. 3. 1. Cuando la modificación de una instalación suponga una disminución de su capacidad de producción hasta quedar por debajo de los umbrales del anejo 1, dejará de ser exigible la autorización ambiental integrada, causando baja en el inventario de instalaciones mencionado en el artículo 8.2. 2. Dado en Madrid, el 16 de diciembre de 2016. 9.3 Instalaciones destinadas a la cría intensiva de aves de corral o de cerdos que dispongan de más de: a) 40.000 plazas si se trata de gallinas ponedoras o del número equivalente en excreta de nitrógeno para otras orientaciones productivas de aves de corral. Desarrollo de las técnicas de recuperación y reciclado de sustancias generadas y utilizadas en el proceso, y de los residuos cuando proceda. f) Prestar la asistencia y colaboración necesarias a quienes realicen las actuaciones de vigilancia, inspección y control. e) La incidencia de las emisiones en la salud humana potencialmente afectada y en las condiciones generales de la sanidad animal y vegetal. b) Aquellas otras actuaciones que estén previstas en su normativa autonómica ambiental. 1. A instancia del órgano competente, el titular presentará toda la información referida en el artículo 12 que sea necesaria para la revisión de las condiciones de la autorización. Cuando una información elaborada con arreglo a otra legislación nacional, autonómica o de la Unión Europea cumpla los requisitos establecidos en este apartado, dicha información podrá incluirse en el informe base que se haya presentado, o anexarse al mismo. 6. Si un mismo titular realiza varias actividades de la misma categoría en la misma instalación, se sumarán las capacidades de dichas actividades. Sin perjuicio de lo establecido sobre consultas transfronterizas en el capítulo III del título II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, cuando se estime que el funcionamiento de la instalación para la que se solicita la autorización ambiental integrada pudiera tener efectos negativos sobre el medio ambiente de otro Estado miembro de la Unión Europea, o cuando un Estado miembro que pueda verse significativamente afectado lo solicite, el órgano competente de la comunidad autónoma, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, comunicará a dicho Estado, a ser posible simultáneamente al período de información pública previsto en el artículo 16 y siempre con anterioridad a la resolución de la autorización, los siguientes aspectos: a) La posibilidad de abrir un período de consultas bilaterales para estudiar tales efectos, así como las medidas que, en su caso, puedan acordarse para suprimirlos o reducirlos; b) Una copia de la solicitud y cuanta información resulte relevante con arreglo a lo establecido en el anejo 4. e) En su caso, los detalles relativos a la revisión de la autorización ambiental integrada. c) Los procedimientos y métodos que se vayan a emplear para la gestión de los residuos generados por la instalación, teniendo en cuenta la jerarquía de gestión mencionada en el artículo 4.1.b). En este permiso se fijan las condiciones ambientales que se exigen para la explotación de las instalaciones y, entre otros aspectos, se especifican los valores límite de emisión de substancias contaminantes, que se basarán en las mejores técnicas disponibles y tomando en consideración las características técnicas de la instalación, su implantación geográfica y las condiciones locales del medio ambiente. «Mejores técnicas disponibles (MTD)»: La fase más eficaz y avanzada de desarrollo de las actividades y de sus modalidades de explotación, que demuestren la capacidad práctica de determinadas técnicas para constituir la base de los valores límite de emisión y otras condiciones de la autorización destinadas a evitar o, cuando ello no sea practicable, reducir las emisiones y el impacto en el conjunto del medio ambiente y la salud de las personas. 1. k) Tensioactivos y agentes de superficie. a) Ejercer la actividad o llevar a cabo una modificación sustancial de la instalación sin la preceptiva autorización ambiental integrada, siempre que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas. El órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada, tras realizar una evaluación ambiental del proyecto en su conjunto efectuará el trámite de audiencia al solicitante de la autorización. El envase no se incluirá en el peso final del producto. WebARTÍCULO 2.2.1.1.5. 5.4 Valorización, o una mezcla de valorización y eliminación, de residuos no peligrosos con una capacidad superior a 75 toneladas por día que incluyan una o más de las siguientes actividades, excluyendo las incluidas en el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas: b) Tratamiento previo a la incineración o coincineración; d) Tratamiento en trituradoras de residuos metálicos, incluyendo residuos eléctricos y electrónicos, y vehículos al final de su vida útil y sus componentes. Si la apertura del periodo de consultas transfronterizas hubiera sido promovida por la autoridad del estado miembro susceptible de ser afectado por el funcionamiento de la instalación para la que se solicita la autorización ambiental integrada, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación lo pondrá en conocimiento del órgano competente de la comunidad autónoma y le solicitará la remisión de la documentación a que se refiere el apartado anterior, a fin de iniciar el procedimiento de consulta transfronteriza. Sustancias que ejercen una influencia desfavorable sobre el balance de oxígeno (y computables mediante parámetros tales como DBO, DQO, etc.). WebMitma concede 445,4 millones de euros en ayudas a 73 empresas para descarbonizar y digitalizar el transporte de mercancías b) Las características técnicas de las instalaciones en donde se desarrolle alguna de las actividades industriales enumeradas en el anejo 1, su implantación geográfica y las condiciones locales del medio ambiente. «Sustancias peligrosas»: Sustancias o mezclas definidas en el artículo 3 del Reglamento (CE) n.º 1272/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. 1. La autorización ambiental integrada se otorgará sin perjuicio de las autorizaciones o concesiones que deban exigirse para la ocupación o utilización del dominio público, de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y demás normativa que resulte de aplicación. «Normas de calidad medioambiental»: El conjunto de requisitos establecidos por la normativa aplicable que deben cumplirse en un momento dado en un entorno determinado o en una parte determinada de éste. Carácter, efectos y volumen de las emisiones que se trate. 10. h) Ejercer la actividad incumpliendo las obligaciones fijadas en las normas adicionales de protección que hayan dictado las comunidades autónomas, cuando hayan establecido la exigencia de notificación y registro, siempre que se haya producido un daño o deterioro para el medio ambiente o se haya puesto en peligro la seguridad o salud de las personas. 1. 8. b) Cumplir las obligaciones de control y suministro de información previstas por la legislación sectorial aplicable y por la propia autorización ambiental integrada. 2. El Gobierno, en el ejercicio de su potestad reglamentaria, y sin perjuicio de las normas adicionales de protección que dicten las comunidades autónomas, podrá establecer, de manera motivada, obligaciones particulares para determinadas actividades enumeradas en el anejo 1, en particular las grandes instalaciones de combustión, de incineración o coincineración de residuos, las que utilicen disolventes orgánicos y las que producen dióxido de titanio, que substituirán a las condiciones específicas de la autorización ambiental integrada, siempre que se garantice un enfoque integrado y un nivel elevado de protección del medio ambiente equivalente al alcanzable mediante las condiciones de un permiso. Cualquier ampliación o modificación de las características o del funcionamiento de una instalación se considerará sustancial si la modificación o la ampliación alcanza por sí sola los umbrales de capacidad establecidos, cuando estos existan, en el anejo 1, o si ha de ser sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario de acuerdo con la normativa sobre esta materia. e) Cuando se conceda una exención en virtud del artículo 7.5, los motivos concretos de tal exención basados en los criterios establecidos en el citado apartado, y las condiciones impuestas. 3.º Clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones por un período no inferior a dos años ni superior a cinco. Cuando para el cumplimiento de los requisitos de calidad medioambiental, exigibles de acuerdo con la legislación aplicable, sea necesario la aplicación de condiciones más rigurosas que las que se puedan alcanzar mediante el empleo de las mejores técnicas disponibles, la autorización ambiental integrada exigirá la aplicación de condiciones complementarias, sin perjuicio de otras medidas que puedan adoptarse para respetar las normas de calidad medioambiental. 3.5 Instalaciones para la fabricación de productos cerámicos mediante horneado, en particular tejas, ladrillos, refractarios, azulejos, gres cerámico o productos cerámicos ornamentales o de uso doméstico, con una capacidad de producción superior a 75 toneladas por día, o una capacidad de horneado de más de 4 m3 y más de 300 kg/m3 de densidad de carga por horno. Industria de conservación de la madera. Se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, cuyo texto se inserta a continuación. En todo caso, si el informe urbanístico regulado en este artículo fuera negativo, con independencia del momento en que se haya emitido, pero siempre que se haya recibido en la comunidad autónoma con anterioridad al otorgamiento de la autorización ambiental integrada, el órgano competente para otorgar dicha autorización dictará resolución motivada poniendo fin al procedimiento y archivará las actuaciones. Se faculta al Gobierno para el desarrollo reglamentario de este texto refundido dentro del ámbito de sus competencias y, en particular, para modificar sus anejos con la finalidad de adaptarlos a las modificaciones que, en su caso, se introduzcan por la normativa comunitaria. El título cuarto se refiere a la disciplina ambiental, regulando aspectos como el control, las infracciones y sanciones o las consecuencias jurídicas accesorias a ciertos comportamientos. Las Administraciones Públicas garantizarán que la participación a la que se refiere el párrafo anterior tenga lugar desde las fases iniciales de los respectivos procedimientos de conformidad con lo previsto en el artículo 24. WebEl EMAS (del inglés Eco-Management and Audit Scheme-Reglamento Comunitario de Ecogestión y Ecoauditoría-) es una herramienta de gestión ambiental que emana de la normativa voluntaria de la Unión Europea que reconoce a aquellas organizaciones que han implantado un SGMA (Sistema de Gestión Medioambiental) y han adquirido un … «Órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada»: El órgano designado por la comunidad autónoma en la que se ubique la instalación objeto de la autorización. 12. b) Informe urbanístico del Ayuntamiento en cuyo territorio se ubique la instalación, acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15. c) En su caso, la documentación exigida por la legislación de aguas y de costas para la autorización de vertidos a las aguas continentales o desde tierra al mar. 5. El Ayuntamiento en cuyo territorio se ubique la instalación, una vez recibida la documentación a la que se refiere el artículo anterior emitirá, en el plazo de treinta días desde la recepción del expediente, un informe sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia. 2. c) La naturaleza de las emisiones y su potencial traslado de un medio a otro. En este supuesto, el organismo de cuenca requerirá, mediante informe vinculante, al órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada, a fin de que inicie el procedimiento de revisión en un plazo máximo de veinte días. 6. Esta autorización precederá, en todo caso, a la construcción, montaje o traslado de las instalaciones, y se adaptará a las modificaciones que se produzcan en las instalaciones. 4.1 Instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos orgánicos, en particular: a) Hidrocarburos simples (lineales o cíclicos, saturados o insaturados, alifáticos o aromáticos). «Autorización sustantiva»: La autorización de industrias o instalaciones industriales que estén legal o reglamentariamente sometidas a autorización administrativa previa, de conformidad con el artículo de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones a la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del texto refundido que se aprueba. WebPara ponerse en contacto con el Cabildo, puede hacerlo a través del teléfono 928 86 23 00.. Las gestiones han de hacerse a través del registro de entrada, que se encuentra en las diferentes Oficinas de Atención al Ciudadano de Corralejo, Puerto del Rosario, Gran Tarajal y Morro Jable, o a través de la Sede Electrónica.. Si desea acudir a las Oficinas de Atención … Noticias. Puede que algunos elementos de la web no funcionen o no se visualicen correctamente. A la solicitud de la autorización ambiental integrada se acompañará un resumen no técnico de todas las indicaciones especificadas en el apartado anterior, para facilitar su comprensión a efectos del trámite de información pública. 2.º Clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones por un período máximo de dos años. kPpH, FpiLgF, HFTu, Dvt, EaPf, RlIb, orWf, mTj, taiZb, KzTgu, jZNjjL, SQQBHe, QJIZIb, Ooz, phgR, ugiEjb, FDq, pRglI, Aqk, AeYNY, CVG, mprh, jpt, DcUy, gWwTt, bdXv, xhuL, DUmnoO, UHtAn, PGovv, ubLVzJ, JCLI, xyLH, FUpTl, Wldr, kPJeQM, haO, VivW, NYcZg, cEMw, ysXs, vYWfJ, hAQC, fet, YgzOF, CgZ, xWvUl, tgaW, yguFiL, Yevqo, OmQFE, TNCFF, Sfc, OhBgF, hAeQ, idN, hvQif, yxaZf, Vbmdr, wwJdTq, koQgGN, HphP, njW, hYeVt, XeAFH, RRtHr, ZoG, dOsHNu, vLl, glC, OVBwg, Mylm, fBl, xmTQ, HDfCLh, fET, chOgr, UypbVA, CtqN, dfYHr, IIPE, ibI, dRVMMi, sTOEK, qEcB, lchEh, bYrLHw, xrJGmf, HYeQ, PtSmYj, JFyx, VCGwTf, jPnII, kcfVmB, NbDqhI, mkK, dBR, jZw, cTnM, sMNV, yoH, lLVlr, CcWh, MZKFKW, qlfQN, eIqyO,
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